El protocolo tiene
que complementarse para cubrir todas las necesidades que requieren el conjunto
de actividades que tienen lugar cuando en los actos oficiales se realizan otra
serie de actividades que se deben regular y organizar.
El Protocolo se puede definir
como el conjunto de normas y disposiciones legales vigentes que, junto a los
usos, costumbres y tradiciones de los pueblos, rige la celebración de los actos
oficiales y, en otros muchos casos, la celebración de actos de carácter privado
que toman como referencia todas estas disposiciones, usos, tradiciones y
costumbres. Pero el protocolo tiene que complementarse para cubrir todas las
necesidades que requieren el conjunto de actividades que tienen lugar cuando en
los actos oficiales se realizan otra serie de actividades que se deben regular
y organizar. Las actividades públicas que realizan las autoridades tienen más
componentes que el mero protocolo.
Por lo tanto hay que buscar otros
conceptos que sirvan de complemento al campo del protocolo. Y por ello surgen
términos como etiqueta o ceremonial, entre otros. Etiqueta es "el
ceremonial de los estilos, usos y costumbres que se debe guardar en las casas
reales y en actos públicos solemnes" o bien "la ceremonia en la
manera de tratarse las personas particulares o en actos de la vida privada, a
diferencia de los usos de confianza o familiaridad". Y ceremonial es "el
conjunto de formalidades para cualquier acto público o solemne" y se
asienta sobre la sólida base del principio jurídico de la igualdad natural de
los estados.
Este conjunto de términos,
protocolo, etiqueta y ceremonial, nos dan las bases fundamentales para la
preparación, organización y ejecución tanto de actos oficiales como de actos
privados. No obstante, cuando hablamos de protocolo se puede dar por sentado
que, en muchos casos, nos estamos refiriendo a estos tres términos cuando
hablamos en general del Protocolo (con letras mayúsculas). El término protocolo
ha absorbido en sí mismo las tres acepciones dadas anteriormente y por la tanto
suele ser representativo de las tres definiciones dadas con anterioridad.
Aunque no debemos olvidar que cada término tiene su propio significado y
función.
El prestigioso profesor y experto
en protocolo Señor Vilarrubias define al protocolo con dos palabras: es una
ciencia y un arte. Una ciencia que trata temas referentes a la diplomacia, la
historia, la heráldica, etc. y un arte que trata de conjugar la armonía, la
estética, el estilo, etc.
Para otro de los grandes autores
y experto en protocolo, Don José Antonio de Urbina, el protocolo es el arte y
la técnica de crear las formas necesarias para que la acción del Estado se
realice dentro de unos términos o cauces adecuados, en lo que a las necesidades
del Estado requiere en la organización y desarrollo de los actos.
Tal y como se indica a muchos de
nuestros consultantes, el protocolo, salvo el aplicado basado en la ley para
los actos oficiales, no impone sino que aconseja y da unas pautas básicas a
seguir si se desea la correcta organización y desarrollo de un acto. No obstante, hay que hacer
hincapié en que no se debe abusar de una excesiva reglamentación en los actos
privados, sobre todo si a los mismos no acuden autoridades.
Todo acto tiene que
llevar una buena organización, pero sus esquemas no deben dar rigidez al acto,
dejando a criterio de los organizadores hacer disposiciones que pueden ser poco
habituales, pero que ellos puedan considerar de interés por determinados
parámetros o características del encuentro.
Una aplicación racional del
"protocolo" hará más sencillo y más "llevadero" un acto
privado que no tiene porque ser un complicado enmarañamiento de estrictas
normas a seguir durante el mismo, con la consiguiente incomodidad para los
invitados.
En resumen, los esquemas
organizativos de un acto, no deben condicionar de una manera excesiva a los
invitados y sus actuaciones (tanto en actos oficiales como en actos privados)
www.protocolo.org
0 comentarios:
Publicar un comentario